El Caso Machado: Entre Tratados Internacionales y Prioridades Judiciales
Por Martín Francolino, abogado penalista especializado delitos de lavado.
En medio del revuelo político que sacude al oficialismo, el caso de Federico Andrés “Fred” Machado terminó de explotar la olla. Detenido ayer en su mansión de Viedma por un operativo de la Policía Federal, Machado ya fue trasladado a una unidad penitenciaria en Río Negro y luego a Buenos Aires, donde espera su entrega inminente al FBI para ser juzgado en Texas. La Corte Suprema, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los últimos recursos de su defensa y habilitó la extradición este martes 7 de octubre, y el Gobierno de Javier Milei no tardó en aprobarla, ratificando su compromiso contra el narcotráfico. Pero más allá de los titulares, vale la pena desmenuzar los aspectos legales clave: ¿tenía que resolver primero sus causas locales? ¿Podía, como argentino, optar por un juicio en casa? Basado en el Tratado de Extradición de 1997, la Ley 24.767 y la jurisprudencia reciente, aquí va un análisis paso a paso.
Las causas pendientes en Argentina: ¿un freno obligatorio a la extradición?
No, no necesariamente. Aunque las causas locales de Machado –como su condena por una estafa Ponzi que lo tenía en prisión domiciliaria hasta ayer– podrían haber demorado el proceso, la extradición no depende estrictamente de que se cierren por completo. El Tratado con EE.UU., en su artículo 13, permite a Argentina postergar la entrega si el acusado está siendo juzgado o cumpliendo pena aquí, pero es una opción, no una obligación. Se trata de equilibrar la soberanía judicial con la cooperación internacional, para no dejar que un caso local bloquee indefinidamente uno transnacional.
La Ley 24.767, que regula la cooperación penal internacional, lo pone claro en el artículo 39: la entrega se aplaza si hay un proceso en curso o una pena en ejecución, pero el Poder Ejecutivo puede saltarse eso si el delito pedido por EE.UU. –narcotráfico internacional y lavado de activos, con penas que podrían llegar a perpetua– es “significativamente más grave” que el local, o si la demora genera impunidad allá, como la prescripción de cargos o pérdida de pruebas. En el caso de Machado, las acusaciones estadounidenses involucran una red que movió cientos de millones en cocaína y fraude, algo que pesa más que su estafa local, según fuentes judiciales.
De hecho, la práctica argentina, vista en fallos de la Corte como los de “Gómez” o el nazi Priebke, prioriza la colaboración pero permite aplazamientos si las causas locales son sustanciales. Aquí, el juez federal de Neuquén, Gustavo Villanueva, ya había dado luz verde en primera instancia, y la Cámara de Casación Penal confirmó en 2023. Con la Corte rechazando los recursos ayer, y Milei firmando la aprobación inmediata, no hubo postergación: el artículo 23 de la ley permite incluso archivar las causas argentinas y enviar pruebas a EE.UU. Si Machado hubiera tenido apelaciones pendientes clave, quizás su defensa –liderada por Francisco Oneto– podría haber forzado un delay, pero el Ejecutivo vio mayor gravedad en lo internacional y actuó rápido. En resumen, no era un “primero resuelvan lo de acá” inamovible; dependía de una evaluación que, en este caso, inclinó la balanza hacia Texas. Si yo fuera a aconsejar, diría que apelar al artículo 39 para una audiencia era viable, pero con el operativo de ayer, eso ya es historia.
¿Podía Machado elegir ser juzgado en Argentina como nacional?
La respuesta corta es no, no de forma automática o unilateral. Como argentino nato, Machado invocó el principio de no extraditar nacionales, amparado en el artículo 12 de la Ley 24.767, que permite optar por un juicio local si el país requirente –EE.UU.– consiente y transfiere pruebas. Es el viejo “aut dedere aut judicare”: extraditar o juzgar. Pero el Tratado bilateral de 1997, ratificado por la Ley 25.126, cambia el juego en su artículo 3: prohíbe negar la extradición por nacionalidad, obligando a Argentina a entregar incluso a sus ciudadanos.
En la práctica, la opción queda en manos del Ejecutivo, que evalúa soberanía, orden público y gravedad del delito. Si se niega la extradición, Argentina debe procesar localmente –el artículo 116 asigna competencia al juez de la causa–, aplicando leyes como el artículo 303 del Código Penal para lavado. Pero EE.UU. rara vez renuncia a su jurisdicción en causas de narcotrafico, y sin su ok, la opción se cae. En casos parecidos, como el de Ibar Pérez Corradi en 2016, Argentina extraditó nacionales pese al tratado, priorizando la alianza con Washington.
Machado lo intentó: su defensa argumentó derechos humanos bajo la Convención Americana (artículo 8, juicio justo), pero la Corte lo rechazó ayer, y Milei no dudó en aprobar. No hay un “derecho absoluto” en convenios; el bilateral limita esa autonomía. Si se hubiera denegado, un juicio local requeriría que EE.UU. mande todo el expediente, algo improbable. Al final, con el traslado de ayer y el FBI esperando, Machado no eligió nada: el Ejecutivo decidió por él, inclinándose por la extradición para evitar impunidad y fortalecer lazos bilaterales.
Ayer, mientras la Policía Federal irrumpía en su lujosa casa de Viedma y lo esposaba para un viaje sin retorno a Texas, no pude evitar pensar en cómo una jugada maestra se le desmoronó al empresario. Machado no solo enfrentaba cargos pesados en EE.UU. desde 2021; también tejía alianzas en Argentina para blindarse. Y ahí entran José Luis Espert y Francisco Oneto, piezas clave en este puzzle.
La reunión entre Espert y Machado no fue casualidad, ni un café de amigos. Se vieron varias veces, incluso en 2019 durante la campaña de Espert, cuando Machado prestó su avión privado y, según admitió el propio empresario, giró 200.000 dólares por “asesoramiento económico”. Pero el timing grita: con el pedido de extradición colgando desde 2022, Machado necesitaba influir en el Poder Ejecutivo, que tiene la última palabra en estos trámites de extradición. Espert, diputado de La Libertad Avanza y aliado de Milei –comparten ideario liberal y hasta campañas–, era el enlace ideal para presionar por un rechazo, invocando la opción de juicio local para nacionales. Imagínense: un “no” del Gobierno, basado en soberanía o gravedad menor de lo local, y Machado se salvaba de Texas.
Y Oneto, su abogado, no es un cualquiera en este ecosistema. Conocido por defender a Milei en causas pasadas y socio de bufetes con lazos al poder, Oneto comparte historia con Espert –lo defendió en una denuncia por financiamiento irregular en 2019, con Milei de testigo–. No es coincidencia: Machado los eligió para navegar tribunales y pasillos ejecutivos, apostando a que torcieran la discrecionalidad del artículo 12 de la Ley 24.767. La meta era clara: que Milei denegara la extradición, forzando un juicio argentino más benigno.
Pero el tiro le salió por la culata. Cuando salió a la luz esa transferencia a Espert –denunciada por Juan Grabois y ahora investigada por lavado en San Isidro, con el fiscal Federico Domínguez imputando al diputado–, todo se derrumbó. Espert tuvo que bajarse de su candidatura en LLA para no salpicar al Gobierno en plena campaña, y Milei, pragmático, usó el fallo de la Corte de ayer para “sacárselo de encima” y aprobar la extradición de inmediato. Un comunicado de la Oficina del Presidente lo dejó claro: compromiso contra el crimen organizado. Sumado a revelaciones de que Patricia Bullrich sabía de los aportes vía el Departamento de Seguridad de EE.UU., el escándalo forzó al Estado a actuar rápido, evitando acusaciones de encubrimiento.
Machado necesitaba a Espert para el lobby político y a Oneto para el expertise legal, pero fallaron estrepitosamente. Oneto no frenó la Corte ni convenció al Ejecutivo; Espert se hundió con la plata expuesta, renunciando y enfrentando causas. Le salió mal: en vez de quedarse en Argentina, Machado ya está en camino a EE.UU.
