Fernando Baez Sosa «Tiempos inciertos: Cuando la justicia social es la que manda”
En la era digital en la que vivimos, los avances tecnológicos han transformado radicalmente la forma en que interactuamos, nos comunicamos y, por supuesto, en cómo se llevan a cabo los procesos judiciales. Sin embargo, este progreso no está exento de desafíos, especialmente cuando se trata de garantizar la equidad, transparencia y eficacia en el sistema de justicia. Desde la protección de datos personales hasta la lucha contra la desinformación, la tecnología plantea interrogantes fundamentales sobre cómo podemos asegurar que la justicia prevalezca en un mundo cada vez más digitalizado.
Supongamos que asesinan a tu vecino, con quien siempre discutías porque tapaba la entrada de tu garage al estacionar o ponía la música muy fuerte. Supongamos que no existe ninguna prueba que permita dilucidar quien es el autor de tal atroz hecho. Indagando acerca de sus posibles enemigos, un familiar señala que el muerto era una persona tranquila, que se llevaba bien con todo el mundo, excepto con vos, porque siempre estaban discutiendo. La prensa se hace eco de esa información y ante tal apetecible historia, los medios, y las redes te señalan como el posible homicida. En toda reunión familiar, en la peluquería, en el gimnasio, todos opinan sobre lo mal que funciona la justicia y por qué vos seguís libre iSi es obvio que vos mataste a tu irritable vecino!
No hay ni una prueba que te incrimine, pero el clamor popular es tan grande, la presión es tan poderosa, que el juez tiene que elegir: o escuchar a la opinión pública y detenerte -y de ese modo asegurarse la continuidad en su cargo- o centrarse en el caudal probatorio de la causa, que no permite tan siquiera tomarte ni una declaración -lo que de seguro catapultará su carrera como juez, siendo pasible de un probable juicio político.
La propia sentencia que condenó a los rugbier dejó en claro que, respecto de algunos de ellos, no había pruebas suficientes para considerar que habían formado parte de la golpiza, pero la instalación de la consigna SI NO HAY PERPETUA NO HAY JUSTICIA fue tan fuerte, que al menos los jueces intentaron calmar las aguas dando una pena por participación secundaria. (lo dice la sentencia, son algo mas de 160 páginas disponibles para todos en internet) La gente se enoja, se enfurece y odia a la justicia, porque de seguro saben mas que los jueces, que los abogados y conocen más las pruebas que las partes. Pero esa misma gente es la que pedía la detención del padrastro de Ángeles Rawson, porque los medios y las redes lo habían indicado como el principal sospechoso (y nunca se disculparon, pese a que después se demostró que fue Mangeri).
Esos mismos medios fueron los que tejieron una maniobra oscura de fuga y narcotráfico alrededor de la familia Pomar, que yacía muerta a un costado de la ruta. La versión de la prensa, de la sociedad y de los medios frenéticamente embelesados por el seguimiento popular, llevó a que los propios investigadores abandonaran otras hipótesis de lo que realmente había sucedido con ellos.
Con respecto al caso de Fernando Baez Sosa Nadie duda de que lo mataron y los videos no dejan desmentir esa versión, pero no todos participaron en igual medida y por ello, no todos merecen la misma pena. Este fallo con perdón de la palabra y me da vergüenza decirlo es un mamarracho y lamento al que no le guste, pero el derecho es una ciencia y debe analizarse como tal.
El gran problema de esta sentencia es que fue el juicio mas televisado de la historia argentina y al que mas siguió la gente, bajo la errónea premisa de que si no hay perpetua para todos no hay justicia y esto genero diferentes problemas a nivel jurídico. La defensa, por la violación al principio de congruencia: llegaron a juicio dos coautores y se van del juicio 5. Y ojo con esto porque el juicio solo podía versar sobre la acusación que se recibió de instrucción y no ampliarse. Si durante la sustanciación del juicio se prueba que hay mas coautores, tiene que retrotraerse el proceso, pero no emparcharlo agrandando la acusación. Otro problema fue el principio de proporcionalidad. La pena tiene que ser proporcional al daño ocasionado, a la lesión causada, si bien hay un muerto y se le achaca a todos la responsabilidad, no todos participaron de la misma manera en ese resultado.
Enzo Comelli, fue el que le dio el primer golpe, fue a juicio como participe y ahora es coautor de una muerte, dándose por acreditado que ese primer golpe persiguió que los otros siguieran golpeando y lo maten.
Su participación en el hecho no es igual que la de Pertosi que le pegó ya en el piso. La fiscalía y la querella agraviados porque no hubo igual pena para todos, y que se redujo la responsabilidad de los partícipes a partícipes secundarios, o sea, los que dieron un auxilio no indispensable para la producción del resultado. Una locura!
Aca estamos, en la argentina de la ley del Talión, del ojo por ojo, condenando a prisión perpetua a chicos que tienen 19 años -que merecen una pena grave – pero no pasar prácticamente toda su vida en prisión, sin posibilidad alguna de libertad condicional. No olvidemos además dos temas importantes, uno, la premeditación no se pudo probar y dos, se utiliza la coautoría funcional para decir «no sabemos quien fue, entonces fueron todos» y esa no es la esencia de la figura. Otra locura!!. En definitiva, los 5 coautores son los 5 que se demostró que le pegaron a Fernando los otros 3 o arengaron a los otros o filmaron, no pudiéndose probar que hayan participado de la golpiza.
ENTONCES EN ESE CASO, DE QUE MANERA PARTICIPARON? SE ENTIENDE?… Arengar no es participar, decir dale dale, es ahora, no es participar, filmar mucho menos. Entonces, si no se pudo probar que pegaron, deberían haberlos absuelto.
Sobre Lucas Pertossi la sentencia dice …«Si bien no caben dudas que fue parte del grupo con la actividad que se le adjudicó supra, no existen testimonios directos que lo sitúen pegando a Fernando, ni rastros de sangre o ADN en sus prendas, no aportando las filmaciones claridad sobre su despliegue en el suceso.»
La coautoría funcional surgió para poder juzgar a los militares de grandes mandos, no podíamos decir que los grandes jerarcas del ejercito torturaron o secuestraron, entonces se usó esta figura de división de poderes, donde son coautores por la división de tareas. Claro caso de las películas, vamos a un robo, uno es bueno con las cajas fuertes y se encarga de eso, otro es bueno con los explosivos e inunda la cámara donde está la bóveda, etc. Hay un plan común y división de tareas. Acá no hubo división de tareas y se intenta acusar a todos porque no se sabe qué hizo cada uno. Una vergüenza los jueces de este país.
Otro tema no menos importante y lo sostuve siempre, es elegir bien la defensa porque esa es la base de perder o ganar. “La defensa no ha demostrado violación a norma constitucional alguna, pues, más allá de la alegación en el sentido de que se encontraría vulnerado el debido proceso y la defensa en juicio, ello no pasa de ser una genérica afirmación dogmática sin correlato en las circunstancias concretas de la causa”.
Elegir adecuadamente a un abogado que se ajuste a las necesidades y circunstancias de cada caso es crucial para garantizar una defensa efectiva. Si un abogado representa a múltiples imputados en un mismo caso, podría generar conflictos de interés y dificultades para brindar una defensa individualizada a cada uno. Es fundamental que cada acusado reciba una representación legal adecuada y personalizada para proteger sus derechos y buscar un resultado justo en el proceso judicial.
Hablar de esto y hacer un análisis como abogado no es ser garantista, no es ponerse del lado de los asesinos…. Es pararse en el centro del universo jurídico, sin el cual no podemos dar cumplimiento a los fundamentos del Estado argentino, resumidos en el preámbulo de la Constitución, porque no hay posibilidad alguna de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino, sino se tiene en claro los principios fundamentales de la defensa en juicio de todo país democrático.