TRAGEDIA EN LA BAHIA DE BISCAYNE

CONSECUENCIAS PENALES Y LA PROTECCION DE IDENTIDAD PARA MENORES VICTIMAS EN LA FLORIDA.

Basado en reportes públicos disponibles al 29 de julio de 2025, el incidente ocurrió el 28 de julio de 2025 en aguas cercanas a Miami Beach, Florida, específicamente cerca del Miami Yacht Club en la Bahía de Biscayne. Un velero de recreo, que transportaba a  varias niñas (incluyendo a Mila Yankelevich, de 7 años, nieta de Gustavo Yankelevich y Cris Morena), fue colisionado por estribor (lado derecho) por una barcaza (barge), que es un tipo de embarcación de carga remolcada o propulsada, comúnmente usada para transporte de mercancías en canales costeros. El choque resultó en la muerte de dos niñas (Mila Yankelevich y otra de 13 años) y lesiones graves en otras dos (de 8 y 11 años). La investigación está en curso por parte de la Guardia Costera de EE.UU. (USCG), la Policía de Miami-Dade y la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte (NTSB), enfocándose en factores como la  velocidad, el derecho de paso y posibles violaciones de reglas de navegación.

Legalidad de la Navegación del Velero en esa Área

La Bahía de Biscayne, incluyendo áreas cerca de Miami Beach y el Miami Yacht Club, es una zona navegable abierta a embarcaciones de recreo como veleros, siempre que cumplan con las regulaciones federales y locales. Bajo las Reglas de Navegación Interior (Inland Navigation Rules, 33 CFR  83), promulgadas por la USCG, los veleros tienen derecho a navegar en estas aguas, que no son canales restringidos exclusivamente a embarcaciones comerciales.

Restricciones Potenciales:

Si el velero estaba en un canal de navegación comercial (como el Government Cut o Intracoastal Waterway), podría requerir precauciones adicionales, como mantener distancia de buques grandes (Regla 9: Narrow Channels).

Reportes iniciales indican que el choque ocurrió en aguas abiertas cerca del yacht club, no en un canal restringido, por lo que el velero probablemente podía navegar allí legalmente.

Requisitos para Veleros:

Deben tener equipo de seguridad (chalecos salvavidas, luces, radio VHF) bajo Florida Statutes  327.50 y USCG requirements. Si el velero violó reglas (e.g., no ceder paso si era requerido bajo Regla 18: Responsibilities Between Vessels, donde veleros ceden a buques restringidos en maniobrabilidad), podría compartir culpa.

Pero basado en descripciones (colisión por estribor), el velero parece ser la embarcación con derecho de paso (Regla 12: Sailing Vessels).

Conclusión Preliminar:

El velero podía navegar allí, asumiendo cumplimiento de reglas básicas. Cualquier violación sería contributoria, no principal, ya que la barcaza (embarcación motorizada y potencialmente más maniobrable) tiene mayor responsabilidad para evitar colisiones (Regla 8: Action to Avoid Collision).

Responsabilidad Penal Potencial para el Operador de la Barcaza

En Florida, los incidentes marítimos fatales pueden llevar a cargos penales si hay evidencia de negligencia, imprudencia o violación intencional de leyes. Si esto ocurriera,  la “barcaza” (o su operador/compañía) podrían enfrentar:

Cargos Principales:Homicidio Involuntario (Manslaughter):

Bajo Florida Statutes  782.07, si la muerte resulta de negligencia culposa (culpable negligence), definida como conducta que crea un riesgo irrazonable de daño grave, ignorando la seguridad ajena. Pena: Hasta 15 años de prisión por cargo (segundo grado felony). Si hay dos muertes, cargos múltiples.

Homicidio Vehicular (Vehicular Homicide): Bajo 782.071, aplicable a embarcaciones (consideradas “vehículos” en contextos marítimos). Requiere negligencia grave; pena similar, hasta 15 años.

Operación Imprudente de Embarcación (Reckless Operation): Bajo  327.33, un delito menor o felony si causa muerte. Pena: Multas hasta $10,000 y hasta 5 años de prisión.

Factores Agravantes:

Si el operador estaba bajo influencia de alcohol/drogas (BUI: Boating Under the Influence, § 327.35), eleva a felony con penas hasta 30 años si causa muerte.

Violaciones de Reglas Federales: Bajo 46 U.S.C.  2302 (Negligent Operation), multas hasta $5,000 y posible prisión. Si hay muerte, podría escalar a cargos federales bajo 18

U.S.C.  1115 (Seaman’s Manslaughter) por negligencia en operación de buque, con penas hasta 10 años.

Investigación Enfocada: Reportes sugieren análisis de velocidad de la barcaza, visibilidad (¿usó sirena/luces bajo Regla 5: Look-out?) y si violó derecho de paso. Si la barcaza era remolcada, el remolcador comparte responsabilidad.

Responsabilidad Corporativa: La compañía dueña de la barcaza podría enfrentar cargos si falló en entrenamiento o mantenimiento (e.g., bajo Jones Act para marineros, pero extensible). En casos como este, la USCG puede revocar licencias de capitán.

Responsabilidad Civil

Más allá de lo penal, hay fuertes bases para demandas civiles:

Muerte por Negligencia (Wrongful Death): Bajo Florida Statutes  768.16-768.26, familiares de las víctimas (e.g., padres de Mila Yankelevich) pueden demandar por daños (pérdida de apoyo, dolor emocional, gastos médicos/funerarios). Límites: Ninguno para menores; compensaciones pueden exceder millones.

Ley Marítima Federal: Bajo Death on the High Seas Act (46 U.S.C.  30301) si fuera en aguas internacionales (aquí no aplica, ya que es costero), o general admiralty law para negligencia. La barcaza podría limitar liability bajo Limitation of Liability Act (46 U.S.C. 30501), pero solo si no hay negligencia privity.

Seguros y Acuerdos: Compañías de barcazas suelen tener pólizas millonarias; demandas podrían resolverse en acuerdos extrajudiciales.

Consecuencias PosiblesPara el Operador:

Si es culpable, prisión (5-30 años total por múltiples cargos), multas ($10,000+), pérdida de licencia marítima y antecedentes penales permanentes.

Para la Compañía: Multas corporativas (hasta $500,000 bajo leyes federales), demandas civiles por decenas de millones, y posibles suspensiones de operaciones por USCG.

Factores Mitigantes: Si el velero contribuyó (e.g., no vigilaba), reduce penas bajo doctrina de negligencia comparativa ( 768.81). Investigación podría revelar fallos mecánicos o condiciones climáticas.

Plazos:

Los Cargos penales deben presentarse dentro de 3-4 años ( 775.15); demandas civiles en 2 años ( 95.11).

En resumen, el operador de la barcaza enfrenta alto riesgo penal si se prueba negligencia, con énfasis en violaciones de reglas de navegación.

Normativa en Florida sobre Protección de la Identidad de Menores Víctimas

Se hizo mucho hincapié en las redes de porque no aparecían los nombres de los otros menores involucrados. Analizaré según las leyes de la Florida, si existe una prohibición legal específica para divulgar la identidad de menores involucrados en incidentes como el accidente del velero en la Bahía de Biscayne (28 de julio de 2025), donde murió Mila Yankelevich y otra niña de 13 años (identificada recientemente como Erin Ko en reportes públicos). Mi análisis se basa en estatutos de Florida, leyes federales aplicables y prácticas comunes, lo que para Estados Unidos es el COMMON LAW y CIVIL LAW. En primer lugar, no hay una prohibición absoluta y universal, pero hay protecciones parciales y éticas que explican por qué los nombres de los otros niños no se han divulgado ampliamente.

Ausencia de Prohibición Específica para Accidentes Marítimos

Estatutos Relevantes sobre Accidentes de Botes:

Bajo Florida Statutes  327.301 (Written Reports Required), los operadores deben reportar accidentes a la Florida Fish and Wildlife Conservation Commission (FWC). Estos informes incluyen detalles como nombres, direcciones y descripciones de involucrados, pero no hay una disposición explícita que prohíba la divulgación de identidades de menores. De hecho,  327.302 (Accident Report Forms) indica que los informes son generalmente públicos bajo el Chapter 119 (Public Records Law), con exenciones limitadas.

Exenciones Generales de Registros Públicos:

El Chapter 119.071 establece exenciones para información personal sensible en registros públicos. Por analogía con accidentes vehiculares ( 316.066), donde los informes de crashes protegen la identidad, teléfono y dirección de víctimas por 60 días (o indefinidamente si la víctima lo solicita), los informes de botes podrían redactar datos similares. Sin embargo, no hay una exención automática para nombres de menores en accidentes no criminales. Si el incidente lleva a cargos penales (e.g., homicidio involuntario bajo  782.07), los nombres podrían protegerse bajo reglas judiciales.

Marsy’s Law (Constitución de Florida, Artículo I, Sección 16(b)):

Aprobada en 2018, otorga a víctimas (incluyendo menores) derechos como “el derecho a una protección razonable contra daños, acoso o intimidación” y “el derecho a la privacidad, incluyendo el derecho a no ser sometido a descubrimiento innecesario”. Esto no prohíbe explícitamente nombrar a menores en medios o reportes, pero permite a víctimas o familias solicitar no divulgación en procedimientos legales. En accidentes fatales como este, la FWC o policía podrían invocar esto para retener nombres, especialmente si hay investigación en curso.

Leyes Juveniles y Víctimas Menores:

Florida Statutes 985.04 protege la confidencialidad de registros en el sistema de justicia juvenil (para delincuentes menores), pero no aplica directamente a víctimas. Para víctimas de delitos (e.g., si se califica el accidente como negligencia criminal), 960.001 (Guidelines for Fair Treatment of Victims) requiere notificación a víctimas o guardianes, pero permite divulgación limitada. No hay prohibición total para accidentes recreativos.

Razones Prácticas por las que No se Conocen los Nombres de los Otros Niños

Política de Agencias y Ética Mediática:

Aunque no hay prohibición legal estricta, la FWC y departamentos de policía (como Miami-Dade) suelen no revelar nombres de menores víctimas en comunicados iniciales por respeto a la privacidad familiar, especialmente en casos traumáticos. Esto se alinea con estándares éticos de la Society of Professional Journalists, que recomiendan no nombrar menores sin consentimiento. En este incidente, reportes iniciales de la USCG y FWC describieron a las víctimas como “juveniles” sin nombres, excepto Mila (revelada por la familia) y ahora Erin Ko (confirmada por fuentes chilenas y medios locales el 30 de julio de 2025).

Protecciones Hospitalarias y Federales:

Bajo HIPAA (ley federal, 45 CFR 164), hospitales no divulgan información de pacientes menores sin consentimiento parental. Si los niños heridos (de 8 y 11 años) están en tratamiento, sus identidades permanecen privadas. Además, si hay investigación federal (USCG bajo 46 U.S.C. 6301), reportes podrían clasificarse temporalmente.

Actualizaciones del Caso:

Búsquedas recientes confirman que solo Mila Yankelevich (7 años) y Erin Ko (13 años) han sido nombradas públicamente. Los otros (dos niñas heridas y posiblemente más) no lo son, probablemente porque las familias no han consentido o por protección bajo Marsy’s Law durante la investigación.

Consecuencias por Divulgación Indebida

Si Hay Violación:

Divulgar información protegida (e.g., en un contexto judicial) podría llevar a sanciones civiles bajo  119.10 (violación de leyes de registros públicos, multas hasta $500) o demandas por invasión de privacidad (540.08 para uso no autorizado de nombre/imagen). En casos extremos, si involucra acoso a víctimas, podría escalar a cargos criminales bajo  784.048 (stalking). Sin embargo, medios tienen protección bajo la Primera Enmienda, por lo que solo se penaliza divulgación maliciosa o ilegal.

Comparación con Otros Contextos:

En delitos sexuales (794.03), es delito divulgar nombres de víctimas menores. En accidentes, no aplica, pero la tendencia es hacia mayor protección (e.g., post-Marsy’s Law).

 

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